Derecho a invertir en CTI (2009)
Por: Fernando M. Fernández
Invertir en ciencia, tecnología e innovación ("CTI") es un derecho humano fundamental. También lo es disfrutar de sus beneficios, tales como la propiedad intelectual. Así lo consagra el artículo 98 constitucional, el cual no pudo ser cambiado el año pasado en el fallido intento de reforma constitucional que los ciudadanos rechazaron con su voto. En fin, se re-legitimó el derecho a la inversión en CTI por mandato popular.
Este derecho humano de nueva generación se apoya en la experiencia de la vida de los investigadores y creadores, quienes requieren de dinero para poder realizar sus sueños e investigar todo lo que le despierta la curiosidad. Leonardo Da Vinci es una muestra palpable de ello: a pesar de ser un genio poco o nada habría podido inventar ni crear sin el apoyo de los mecenas. Einstein no habría podido alcanzar sus logros, sin el apoyo de fundaciones, universidades e instituciones que le pagaban un sueldo y dotaban sus laboratorios de las herramientas y ambiente de trabajo. Así las cosas, la CTI cuesta plata. Nada es gratis ni surge solo de buenas intenciones y de un talento genuino: se necesita invertir para luego crear, inventar, descubrir o innovar.
El artículo 98 de la Constitución, se ve reforzado por el 110 de su texto, en el que se garantiza cualquier esfuerzo en producir CTI. Se trata de una política de Estado dirigida a producir conocimiento y generar riquezas. Eso no viene de casualidad a nuestra Carta Magna: la ONU impulsa el uso deliberado y sistemático de las herramientas que produce la CTI para salir de la pobreza, el subdesarrollo y la ignorancia seculares. Los países desarrollados se apalancaron en ello desde hace siglos, los países emergentes también lo hacen de manera sistemática desde el siglo pasado. Con más razón lo deben hacer los subdesarrollados en este Tercer Milenio. Por ello hablamos de un derecho humano de última generación, apoyado en la solidaridad y responsabilidad social de las empresas, lo cual ha encontrado un soporte que podría sustituir a la filantropía pura y simple, sin proyectos.
A partir de este año se sentirán con más fuerza los efectos de lo que es una sociedad del conocimiento. Este es el tercer año de un experimento político, empresarial, económico y financiero de largo alcance. Se trata de la adopción de la fórmula que ha permitido a los países desarrollados avanzar de forma permanente en el crecimiento económico. Se trata de hacer unas empresas más competitivas, apalancadas en la ciencia, la tecnología y la innovación. Además, con acento de responsabilidad social empresarial.
El impacto de la LOCTI ha sido del 2,68% del PIB en el año 2007. Este año que acaba de finalizar quizás supere el 3%. Ojala. En el año 2007 se avanzó en esta materia de forma exponencial: un primer hecho es que se declaró una cantidad que duplicó la del año 2006. Las inversiones se ubicaron en 93,95% frente a 6,05% de aportes. Los recursos financieros del Estado empleados según la LOCTI fueron de 0,58% del PIB frente a 2,11% del PIB declarados por las grandes empresas, para un total de 2,69% del PIB (Ver: http://www.oncti.gob.ve/pdf/SIDCAI_2007.pdf ).
En el 2007 se refleja una cifra sorprendente en la cual los llamados "otros sectores productivos" alcanzaron el primer lugar al casi quintuplicar sus inversiones y aportes. Alcanzó el 61,31% de la totalidad y representa casi el doble de su participación de 32,39% del año 2006. El sector petrolero y gasífero, aun cuando aumentó casi Bs. F. 1 Millardo, se vio superado de forma impresionante y bajó al 33,89%, luego de un resultado del 54,56% del año 2006. El sector minero y eléctrico ocupó un disminuido tercer lugar con apenas 4,81% que equivale a una tercera parte de su participación del 13,04% en el año 2006.
Seguramente que en el 2008 se incrementó el rubro de inversiones propias y decreció el monto de aportes a terceros. Ello se puede explicar porque no se ha desarrollado los estímulos financieros para que los banco presten dinero para proyectos y el estímulo fiscal que manda la LOCTI. Si esto se direcciona hacia los aportes a proyectos de terceros beneficiarios, seguramente se logrará un mayor equilibrio. La experiencia reciente de una política de estímulos fiscales prevista en la Ley de Espacios Acuáticos ha permitido que muchas empresas hagan inversiones en la industria marítima.
La teoría de los derechos humanos de Kant creó la noción del "deber perfecto" que consiste en afirmar que "de cada derecho nace un deber". En el presente caso se trata de un deber nacido hacia el mismo titular del derecho. Obviamente, surgen otros deberes para el Estado: garantizar ese derecho/deber, p. Ej., y permitir que el sistema nacional de CTI se fortalezca gracias a los aportes.
Además, la LOCTI es la única ley venezolana de los últimos 10 años que habla de productividad, competitividad, propiedad intelectual y fortalece el talento humano de las empresas privadas y del Estado, de las universidades y de las instituciones adscritas al MCT, sin exclusiones ni privilegios. Ello debe mantenerse y evitar cualquier tentación autoritaria y antidemocrática, como advirtió el Maestro García Pelayo hace unos años.
De otra parte, los derechos humanos constitucionalizados son lo mismo que los derechos fundamentales. O sea, el derecho a invertir en CTI es universal, interdependiente, indivisible, inalienable, inviolable e igual a todos los demás derechos humanos.
Fernando M. Fernández