Skip to content
Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

El Foro Penal Venezolano ante la inminente no renovación de la concesi&oa

mayo 25, 2007

El Foro Penal Venezolano ante la inminente no renovación de la concesión a RCTV

El directivo del Foro Penal Venezolano, Gonzalo Himiob Santomé, hizo un llamado al Gobierno Nacional y a los cuerpos de seguridad del Estado a garantizar la vida e integridad física de las personas, oficialistas o de la oposición, que salgan a expresar el próximo 27 de Mayo sus posturas e ideas frente a la no renovación de la concesión a RCTV.

Himiob destacó: "…El gobierno debe recordar que el derecho a manifestar pacíficamente, y a la libre expresión de las propias ideas y posturas políticas está garantizado por nuestra Constitución, que en sus Arts. 57 y 68 expresan respectivamente que los ciudadanos "…

tienen derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o por cualquier otra forma de expresión…"; (Art. 57) y que "…los ciudadanos y ciudadanas tienes derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas…". Especialmente hizo referencia a que el Art. 68 constitucional señala que "… se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancia toxicas en el control de manifestaciones pacíficas…".

Pese a que el Foro Penal venezolano está en completo desacuerdo con la medida de no renovar la concesión a RCTV, por considerarla una medida contraria a la letra y al espíritu de nuestra Constitución, y un atentado grave a la democracia y las valores de la tolerancia y el pluralismo, Himiob expresó que el llamado que se hace al Gobierno es "…a respetar la vida, la integridad física y los derechos de todos los ciudadanos, sin distingos políticos, evitando especialmente que grupos radicales promuevan espacios de violencia en detrimento de los derechos de todos…".

Himiob hizo un llamado a los integrantes de los cuerpos de seguridad del Estado a recordar el texto de los Arts. 25 y 29 de nuestra Constitución que rezan, respectivamente: "…Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores…" (Art. 25); y "…El Estado estará obligado a investigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades. Las acciones para sancionar los delitos de lesa humanidad, violaciones graves a los derechos humanos y los crímenes de guerra son imprescriptibles…". (Art. 29).

Caracas 24 de Mayo de 2007


Mónica Fernández Sánchez