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«…Ruh recordó que en el artículo 318 de la Constitución se señala que la unidad monetaria de Venezuela es el bolívar y la Ley de Protección al Consumidor en su disposición 87, numeral siete, apunta que «se considerarán nulas las cláusulas o estipulaciones establecidas en los contratos que fijen al dólar o cualquier otra moneda extranjera como medio de pago de obligaciones en el país como mecanismo para eludir o burlar la aplicación de las leyes reguladoras del arrendamiento de inmuebles»…..»