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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

LA JUSTICIA ESTADISTICA DE LA SALA SOCIAL DEL TSJ

enero 9, 2006

La Sala Social del tribunal supremo de justicia sentenció mas de 2000 causas; se jacta de ello, pero es ostensible y significativo que declarando inadmisible la mayoría de sus fallos. No ofrecen ningún tipo de estudios de los juicios presentados, solo recortar y pegar, porque todas mayoritariamente tienen el mismo dispositivo, sin examinar las causas y las violaciones graves de derecho en que han incurrido los jueces laborales de la republica. ¿Estarán protegiéndoles o simple pereza o incapacidad académica de resolver los recursos?. Los juicios denominados de transición, han sido desechados y declarados sin lugar y la sala se ha limitado a decretar la in admisibilidad. Curioso es que algunos juicios contra pequeñas empresas son atendidos pero los grandes conglomerados reinan en la sala social, todos sus recursos son admitidos y declarados con lugar. Pueden ver por ejemplo sentencias de fecha 15 de diciembre del 2005 (apúrense que cierra el año judicial y tenemos muchos casos pendientes darle un mateo!).



Por ejemplo en juicios de relación laboral iniciada antes de la reforma del año 1997, los jueces niegan bono de transferencia, corte de cuenta y días de descanso y lo confunden con los días de descanso trabajados y exigen su prueba en juicio. Esto lo hacen así por cuanto son jueces bisoños en el derecho laboral y no saben calcular dichos conceptos y la sala social decreta inadmisible evidente que no examinan ni leen, ni el recurso presentado, ni la sentencia que ha dado origen a la violación de normas de rango legal. Esto es así por cuanto solo le interesan las estadísticas. Dicen que han resuelto mas de 2000. Si ! ¿pero cuantos juicios han examinado realmente?. Tanto es la situación que en el interior de la republica, se habla de contactos que permitan que le observen dichos recursos presentados en la Sala Social o a través de influencias, rojo castro-comunistas que permitan oír dichos recursos en cual libro de derecho procesal del trabajo. ¿Podrá hacerse el aprendizaje de tal técnica jurídica casacional?. En otro aspecto, la Sala Social organizó concursos de oposición para cargos de jueces cerrados, donde aplicó desde la «Lista Tascon», hasta relaciones de conturbenio genuflexidades y excluyó a todos los abogados que no estaban detentando cargo de juez temporal o provisorio. Esto lo hizo así, cerrados para evitar que profesionales de mayor idoneidad y formación académica desplazaran a profesionales «amigos» y sus limitaciones de formación procesal y de la especialidad del trabajo. El resultado es que tenemos un foro laboral de jueces caciques y abogados comerciantes de los derechos de los trabajadores. Por ello es necesario que los estudiosos que publican libros hagan un análisis para la defensa de una correcta aplicación del derecho laboral estamos esperando por ello o ¿es que no seria que han reformado la Ley Orgánica del Trabajo y en la práctica forense no hemos conocido tal reforma?

JOSE LUIS VASQUEZ NAVARRO
ABOGADO
MAIL ferrocarrilgalavis@yahoo.com