Cuando el ruido del caudal de la renta petrolera cesa, se comienzan a escuchar nuevamente las voces de quienes desde hace muchos años y en forma constante vienen señalando que necesitamos otras fuentes de divisas. Toma así relevancia una vez más, la propuesta de exportación de rubros distintos al oro negro.
El sector exportador venezolano se vio seriamente afectado por una política cambiaria que en mi opinión fue suicida, emprendida a partir del año 2003 con el anclaje del precio de divisas a un tipo de cambio que no se correspondía con su valor razonable. Dicha normativa cambiaria impuso a los exportadores la obligación de vender al BCV al precio oficial un alto porcentaje de las divisas obtenidas por éstos. Pero por el lado de sus costos de operación, éstos debían pagar insumos en el mercado interno con una elevada inflación y hacer interminables colas para mendingar las divisas requeridas para la importación de sus insumos y equipos. Esto sentenció la aniquilación del sector exportador venezolano.
Resulta al menos alentador que nuevamente escuchemos a ministros u otros voceros gubernamentales interesarse por incentivar al sector exportador, obviamente motivados por la desesperación ante la caída abrupta de los precios del petróleo sobre la cual surfearon el ingente despilfarro de la mayor riqueza recibida por el país en su historia. No será fácil arrancar ese motor, pero de ser el caso una vez que ello ocurra, mi temor es que hayan olvidado una de las variables que por décadas torpedeó a la actividad exportadora en el país. Esa variable fue, el reintegro del IVA.
El IVA es un tributo esencialmente territorial, y no debe ser trasladado por los exportadores a sus clientes externos. En ese sentido, a las exportaciones venezolanas aplica una alícuota impositiva de cero (0%). En razón de ello, los exportadores tienden a generar una acumulación de IVA en cuentas de crédito fiscal que representan una alta carga económica y financiera. Ante esta distorsión, la ley que rige al tributo prevé la devolución al exportador del importe del IVA pagado en sus compras de bienes y recepción de servicios gravados relacionados con su actividad de exportación. La devolución está sometida a un procedimiento administrativo ejecutado por el SENIAT y el Ministerio encargado de las finanzas nacionales, el cual se concreta con la entrega al exportador de Certificados de Reintegro Tributario (CERT).
El reintegro del IVA fue por décadas previas al congelamiento de las exportaciones del país, un severo problema para el sector. Nunca se tomaron las medidas efectivas para agilizar el procedimiento administrativo de devolución de impuesto y ello causó pérdidas monetarias de consideración a las empresas. Mi temor es que una vez que se superen los escollos inherentes al régimen de administración de divisas para los exportadores y otros en el orden económico, no se haya atendido oportunamente el tema del reintegro del IVA, con lo cual estaremos condenando al fracaso todo el esfuerzo realizado por la reactivación del sector.
@eltributario
http://gerenciaytributos.blogspot.com/2016/05/finanzas-digital-los-exportadores-y-la.html