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La Sala Constitucional del TSJ rechazó la acción que la Federación Nacional de Ganaderos (Fedenaga) interpuso contra la reforma de la Ley de Tierras aprobada en mayo de 2005, por considerar que los demandantes erraron al no pedir la anulación del texto modificado, sino la ejecución de la decisión adoptada por la instancia que interpreta la Carta Magna en noviembre de 2002, la cual dejó sin efecto dos artículos del texto original.
Los accionantes acusaban al Parlamento