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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

Asamblea Nacional aprobó en segunda discusión la Ley Resorte

noviembre 25, 2004

Venpres.gov.ve.-
La Asamblea Nacional aprobó este miércoles en segunda discusión la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión.
Quedó aprobado todo el instrumento legal que contempla 35 artículos, una disposición transitoria y una final


La Ley fue remitida a la comisión de Medios, Ciencia y Tecnología para que tome en consideración los cambios, aprobados en Cámara y, posteriormente sea remitida al seno del Parlamento para su sanción definitiva.

Al concluir esta etapa, será remitida al Poder Ejecutivo para su publicación en Gaceta Oficial y pueda entrar en vigencia al siguiente día, tal y como lo establece la disposición final.

En esta disposición, además, se ordena la reestructuración del Ministerio de Comunicación e Información (MCI) y de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) para adecuarse a las nuevas competencias, derivadas de la aplicación de la presente norma y demás condiciones relacionadas con la misma.

La disposición transitoria, con siete numerales, resalta que se harán exigibles a partir de los doce meses, siguientes a la puesta en vigencia de la Ley, la obligación de tres horas de programas, dirigidos especialmente a los niños, niñas y adolescentes.

Asimismo, se prevé siete horas de programas de producción nacional en horario todo usuario y tres horas en horario supervisado, entre otros.

Los diputados pertenecientes al sector de la oposición no apoyaron ni aprobaron el instrumento legal.

Cabe destacar que para analizar la ley Resorte se instaló una mesa técnica integrada por el gobierno y oposición.

Dos semanas atrás, la oposición tomó la decisión de retirarse de la comisión que se venía reuniendo todos los miércoles en el salón de Los Escudos del Palacio Federal Legislativo para tratar esta materia.

Procedimiento

En artículos como el 32 que se refiere a las pruebas y da un lapso de 19 hábiles para la promoción y evacuación de las mismas.

El artículo 33 se refiere a la medida cautelar. Le corresponderá a Conatel ordenar a los prestadores de servicios de radio y televisión o difusión por suscripción, que se abstengan de difundir en cualquier horario, mensajes que infrinjan las obligaciones establecidas en la ley.

El artículo 34, sobre la determinación y excepción de sanciones, acota que para ello se tendrá en cuenta el reconocimiento de la infracción, antes o durante el procedimiento y la iniciativa propia para subsanar la situación de infracción.
El número 35 sobre la decisión, destaca que el directorio de responsabilidad social, emitirá el acto que ponga fin al procedimiento administrativo, dentro de los 30 días hábiles.

Los días previstos en este articulado comenzarán a contarse a partir del día siguiente al vencimiento del lapso de prueba o de la fecha en que venció el lapso para decidir sobre la oposición a la medida cautelar.

Señala el bloque oficialista que la producción nacional y la independiente tendrán mayores oportunidades de desarrollo y crecimiento. Se indicó que ahora se contará con unos medios de radio y televisión al servicio del pueblo, con mensajes responsables, serios y éticos que contribuyan a la formación de los niños, niñas y adolescentes así como de todos los venezolanos.

Fuente: Venpres.gov.ve