SNAT/INTI/GR/RCC/Nº 137
Caracas, 07 FEB. 2008
Años 197° y 148°
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en ejercicio de las facultades previstas en los numerales 1, 7, 9, 33 y 35 del artículo 4 de la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, y de conformidad con lo dispuesto en tos artículos 41, 125 y 145 numeral 8, del Código Orgánico Tributario, 79 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, 146 del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta y 12 de la Resolución del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas Nº 904 del 14/03/2002, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.409 del 21/03/2002,
Dicta la siguiente:
PROVIDENCIA POR MEDIO DE LA CUAL SE DEROGA LA
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA SNAT/INTI/GR/RCC/Nº 0085
Articulo Único: Se deroga la Providencia Administrativa SNAT/INTI/GR/RCC/N° 0085 de fecha 26 de enero de 2008, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.864 de fecha 06 de febrero de 2008 mediante la cual se regulan los días de acceso al portal fiscal para efectuar la declaración de impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio fiscal coincidente con el año 2007.
Comuníquese y publíquese
JOSE DAVID CABELLO RONDON
Superintendente
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SNAT/INTI/GR/RCC/N° 138
Caracas, 07 FEB. 2008
Años 197° y 148°
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA
El Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en ejercicio de las facultades previstas en los numerales 1, 7, 9, 33 y 35 del artículo 4 de la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 41, 125 y 145 numeral 8, del Código Orgánico Tributario, 79 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, 146 del Reglamento de la Ley de Impuesto sobre la Renta y 12 de la Resolución del Ministerio del Poder Popular para las Finanzas N° 904 del 14/03/2002, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.409 del 21/03/2002,
Dicta la siguiente:
PROVIDENCIA POR MEDIO DE LA CUAL SE DEROGA LA
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA SNAT/INTI/GR/RCC/N° 0083
Artículo Único: Se deroga la Providencia Administrativa SNAT/INTI/GR/RCC/N° 0083 de fecha 26 de enero de 2008, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.864 de fecha 06 de febrero de 2008 mediante la cual se establece el deber de presentación de declaraciones a través del portal fiscal.
Comuníquese y publíquese
JOSE DAVID CABELLO RONDON
Superintendente