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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

El Consejo Federal de Gobierno en Venezuela.

septiembre 21, 2005

La Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, preve una figura denominada Consejo Federal de Gobierno, que viene a constituir un órgano encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los Estados y Municipios. Ésta debe ser una instancia de coordinación y encuentro entre los distintos niveles políticos territoriales.

¿Quiénes la integran?: Lo preside el Vicepresidente, están allí los ministros, los gobernadores, un alcalde por Estado, un representante de la sociedad civil por cada Estado y serán miembros natos los alcaldes del distrito metropolitano.

Considerando esta integración es evidente que hay una desigualdad porque mientras los municipios del distrito metropolitano se ven representados allí para abordar la discusión de la descentralización, los municipios del interior, por muy grande que sea el Estado deberá conformarse con 1 representante municipal.

Pero bueno en un avance rápido en el análisis de este órgano público, puedo apreciar que si analizamos este Consejo en su relación con el Consejo Local de Planificación Pública y con el Consejo Estadal de Planificación y Coordinación, podemos concluir como lo hace el Dr. Ricardo Combellas, que representan los órganos que materializan el Estado Federal Corporativo.

En 7 años de gobierno, aún no se ha promulgado la ley que crea, regula y organiza este Consejo Federal de Gobierno y sin la presencia del Senado, se evidencia entonces en la práctica no sólo la violación al principio de Descentralización como política nacional, sino que además se desvirtúa nuestro diseño como Estado Federal Descentralizado.

Si pensamos en que estos espacios corporativos, por así decirlos, deben adecuar sus planes a los lineamientos del Plan de Desarrollo Nacional, que por ley debe ser formulado por el Presidente de la República y graficamos el esquema de planificación nacional, en principio podemos sostener que tiene lógica, pero si lo ubicamos en el marco de un país donde se debate el diseño de la arquitectura del Estado, podemos apreciar qeu una mayoría oficialista en gobernaciones, en alcaldías, hacen un interesante sistema de cascada, que promovería una centralización, como medio para promover el plan de país que se propone.

La anterior es una afirmación que se puede hacer, especulando sobre cómo operaría el sistema de planificación en un país donde el que el disenso es excluido o desconocido, y en el que se tiene un apego importante a un sistema centralizado de poder.

La ley fue sancionada y el Presidente la ha vetado, haciendo observaciones de forma y de fondo, algunas interesantes porque pareciera qeu defiende la descentralización y participación ciudadana. No dudo que pronto sea promulgada, y como ha sucedido en otros casos ¿estamos preparados para defender la descentralización?. ¿Creemos en que somos como dice la Constitución Federal y descentralizado?, o mejor desechemos ese artículo y reconozcamos nuestra tendencia centralista de una vez por todas.