LA INJURIA COMO PROBLEMA DE ESTADO / Fernando M. Fernández

El proyecto de reforma parcial del Código Penal («el proyecto») que está a punto de ser aprobada plantea una reforma del delito de injuria para aumentar su pena en 60 y 45,6 veces (límites mínimo y máximo), por lo que pasa a ser el delito más grave de la legislación penal venezolana, en términos proporcionales. La injuria será, con la reforma, el delito más grave entre todos los delitos en Venezuela.

El proyecto de reforma pasa la pena de arresto de 3 hasta 8 días, en sus límites mínimo y máximo, a seis meses hasta un año (180 a 365 días) de prisión, por lo que cambia, además, la privación de libertad mediante arresto a la modalidad más severa que permite la Constitución, como es la prisión, dado que el presidio contradice los derechos humanos.

Adicionalmente, el proyecto incluye la pena de multa de 50 a 100 Unidades tributarias, con lo que agrava el contenido represivo, habida cuenta que acumula dos penas para un solo hecho. Ello evidencia un acento retributivo de puro castigo, sin tomar en cuanta la reinserción social rehabilitación del culpable, tal como lo manda el artículo 272 constitucional.

Además de lo anterior, la agravante aumenta significativamente la pena a una tercera parte. Pero lo peor es que el proyecto prevé que el culpable no tendrá derecho a medias alternativas de ejecución de la pena ni libertad condicional sino hasta que pague la multa (estando preso, obvio) y que cumpla una cuarta parte de la pena (45 a 91 días preso). Ambos requisitos son concurrentes. El proyecto no explica ni justifica por qué un delito de acción privada como la injuria esté penado de esta forma y que se impida la libertad condicional del condenado.

El lapso de prescripción se eleva hasta seis meses de ocurrido el hecho injurioso. En tal sentido, el COPP ya había hecho posible que las acusaciones por injuria pudieran ser incoadas, debido a la concentración, inmediación y oralidad, por lo que alargar la prescripción no era necesario. Es evidente que se incrementará el terrorismo procesal.

Debemos recordar que la reforma penal del 2000 fue básicamente de aumento de penas a delitos existentes, sin que se haya visto un efecto positivo de disminución y prevención del delito.

En mi opinión, esta reforma planteada carece de explicación, motivación y justificación, dado que no se exponen las razones de política criminal o de doctrina penal que la fundamenten. En fin, la injuria pasará a ser un grave asunto de Estado, de manera injustificada.

Fernando M. Fernández