Por: Juditas Delany Torrealba Dugarte
A menos de una semana de la tragedia en el Complejo Refinador de Amuay en el Estado Falcón en la cual, hubo aproximadamente 41 muertos y 86 heridos; se crean una serie de hipótesis de las cuales diversas consecuencias jurídicas se encuentran en evidencia más aún cuando para algunos se habla de un accidente laboral ante la falta de las medidas de seguridad y ergonomía necesarias, mientras que al contrario otros hablan de la posibilidad de un sabotaje, el cual solo la Fiscalía del Ministerio Público en colaboración de otros organismos de investigación determinarán realmente cuál de estas dos opciones es la verídica; sin embargo siendo la primera o la segunda, dicho hecho crea responsabilidad objetiva del Estado en responder de conformidad al artículo 140 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela pero ¿Acaso el Estado venezolano responderá de manera eficiente o solo dicho precepto constitucional quedará desprovisto?.
Ante lo sucedido en Amuay, cabria preguntarse además de tener el Estado Venezolano, deber de compadecerse por los hechos acaecidos, siendo responsable directo o no, ¿No debió el Gobierno venezolano haber decretado un Estado de Alarma como el tipificado en la Orgánica sobre Estados de Excepción y en la propia Constitución?.En opinión particular esto realmente fue un estado de excepción, que nuevamente fue mal interpretado por el Estado, al solo enmarcarlo en esa nueva tipología de Estado de emergencia que la normativa sobre protección civil estipula.
En el mismo sentido como queda la situación económico-social de Venezuela con esta tragedia, ¿acaso el Estado no debió de crear planes de concientización y educativos en donde informará a la población cercana a las refinerías sobre el modo de cómo actuar ante la posibilidad de catástrofes?. Tantas preguntas y consecuencias jurídicas que hoy crean grandes interrogantes sin una respuesta firme, pero que nuevamente nos afecta al reflexionar al observar que el derecho y la justicia muchas veces no se ven realmente materializados en este tipo de acontecimientos donde el ordenamiento jurídico y las consecuencias jurídicas son ineficaces para la satisfacción del bien común.