Nota sobre Providencia Administrativa 019/09 de fecha 26 de agosto del 2009 del Ministerio del Poder Popular para la Cultura

Se publica en la Gaceta Oficial Nº 39272 de fecha 25 de septiembre de 2009, la Providencia Administrativa 019/09 de fecha 26 de agosto del 2009 del Ministerio del Poder Popular para la Cultura, en la cual, alegado el “deber del Estado [de] velar por la preservación, defensa y salvaguarda de las obras, conjuntos y lugares creados por el hombre que constituyen elementos fundamentales de nuestras identidades étnicas y culturales”, se declaran como “Bien de Interés Cultural” 1216 inmuebles del Municipio Libertador, entre ellos: casas, quintas, plazas, clínicas, escuelas, edificios residenciales y comerciales completos, colegios, iglesias, bibliotecas, clubes, entre otros, los cuales pasan a ser patrimonio cultural, en consecuencia se limita el derecho a la propiedad y los dueños de esos inmuebles no podrán hacer uso de su propiedad, así como lo dispone la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 115: “toda persona tiene el derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes”.