Propuesta de Reforma de la Constitucion de la Asamblea Nacional Presentada al CN

LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DECRETA
la siguiente,
REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PRIMERO. Se reformó la denominación del Título II, en la forma siguiente:
TÍTULO II
DEL ESPACIO GEOGRÁFICO Y LA GEOMETRÍA DEL PODER
SEGUNDO. Se reformó la denominación del Capítulo I del Título II, en la forma siguiente:
Capítulo I
Del territorio y los espacios geográficos
TERCERO. Se reformó el artículo 11, en la forma siguiente:
Artículo 11. La soberanía plena de la República se ejerce en todo el territorio nacional, continental, marítimo y aéreo, así como en todos los espacios geográficos: continental, insular, lacustre, fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, históricas y vitales y las comprendidas dentro de las líneas de base rectas que ha adoptado o adopte la República; el suelo y subsuelo de éstos; el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos, los de las especies migratorias, sus productos derivados y los componentes intangibles que por causas naturales allí se hallen.


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