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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

#SimonBolivar: Decreto de pena muerte a corruptos y jueces que no cumplan

marzo 31, 2016
Simón Bolivar por Arturo Michelena

El 12 de enero de 1824, el Señor General Simón Bolívar, Dictador plenipotenciario del Perú y Presidente de Colombia decreto la pena de muerte para todos los funcionarios públicos que hubieren “malversado o tomado para sí” parte de los fondos de la nación, medida que tomó con el fin de reducir el mal de la corrupción en la entonces Gran Colombia.

Decreto emitido por el Libertador desde el Palacio Dictatorial de Lima.

Teniendo Presente:

1°–Que una de las principales causas de los desastres en que se han visto envuelta la República, ha sido la escandalosa dilapidación de sus fondos, por algunos funcionarios que han invertido en ellos;

2°–Que el único medio de extirpar radicalmente este desorden, es dictar medidas fuertes y extraordinarias, he venido en decretar, y

Decreto:

Artículo 1°–Todo funcionarios público, a quien se le convenciere en juicio sumario de haber malversado o tomado para sí de los fondos públicos de diez pesos arriba, queda sujeto a la pena capital.

Artículo 2°–Los jueces a quienes, según la ley, compete este juicio, que en su caso no procedieren conforme a este decreto, serán condenados a la misma pena.

Artículo 3°–Todo individuo puede acusar a los funcionarios públicos del delito que indica el Artículo 1°.

Artículo 4°–Se fijará este decreto en todas las oficinas de la República, y se tomará razón de él en todos los despachos que se libraren a los funcionarios que de cualquier modo intervengan en el manejo de los fondos públicos.

Imprimase, publíquese y circúlese.

Palacio Dictatorial de Lima, a 12 de enero de 1824– 4° de la República.

Por orden de S. E.,
SIMON BOLIVAR

Fuente: Decretos del Libertador. Publicaciones de la Sociedad Bolivariana de Venezuela, Tomo I (1813-1825) pag. 283. Imprenta Nacional,

Caracas, 1961.