Sudeban implementa Normas para la Estandarización de las Pantallas de los Cajeros Automáticos o Electrónicos del Sistema Bancario

Fogade.gov.ve
La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Sudeban) mediante la Circular SBIF-II-GGR-GNP-10349 enviada a la banca pública y privada implementa las “Normas para Estandarizar la información mostrada en las Pantallas de los Cajeros Automáticos o Electrónicos Destinados al Uso de los Clientes y Usuarios del Sistema Bancario”.

Esta normativa permitirá facilitar el manejo de la red de Cajeros Automáticos del Sistema Bancario Nacional a través de la estandarización de los menús de navegación, es decir, instrucciones, mensajes y ubicación de los montos que se reflejen para retiros, consultas y transferencias realizadas con tarjeta de débito u otros medios de acceso diferentes a tarjetas de crédito mediante el uso de dicha red, sin limitar los relativos a las otras operaciones propias de cada institución, manteniendo las medidas de seguridad que requiere este tipo de tecnología según lo establecido por esta Superintendencia. Asimismo, todas las instituciones bancarias y financieras deberán adecuarse según lo establecido en la presente Circular antes del 15 de noviembre del presente año.

Las instituciones bancarias podrán ofrecer a los usuarios y clientes un manejo sencillo y práctico de la información reflejada en las pantallas, con un menú de servicios estandarizados, el cual permitirá realizar operaciones electrónicas con un menor grado de complejidad, constituyendo así un mecanismo de ampliación del alcance de los servicios bancarios a la población venezolana. Las condiciones dispuestas en la presente Resolución N° 354.10 deberán ser aplicadas tanto para el reflejo de las operaciones propias de cada institución como para las interbancarias. Asimismo, esta unificación tendrá un efecto positivo en el descongestionamiento de las oficinas y agencias bancarias, ya que al simplificar el manejo de las operaciones en la red de cajeros automáticos los usuarios podrán realizar sin ningún inconveniente transacciones iguales a las efectuadas en las taquillas (retiros, consultas y transferencias), redundando en la eficiencia integral en la prestación de los servicios de las instituciones bancarias, los cuales deben responder a criterios de seguridad, precisión y calidad. Dirección: Av. Francisco de Miranda, Urbanización La Carlota, Centro Empresarial Parque del Este, www.sudeban.gob.ve Municipio Sucre del Estado Miranda, Apartado postal 6761, Código Postal 1071, Venezuela. Master: 280 69 33, Fax: 238 25 16. 2 De igual forma, las instituciones bancarias que posean cajeros automáticos destinados para el uso de las personas de la tercera edad deberán incorporar a éstos lo señalado en la nueva normativa.

http://www.fogade.gov.ve/Documentos/NP09072010-Sudeban.pdf