Lesiones a Julio Borges acarrean prisión de uno a cuatro años
Lesiones a Julio Borges Foto Jorge Millan Este artículo del Código Penal venezolano (Artículo 415) es el aplicable a los atacantes de Julio Borges Libro II Título IX Capítulo II De las lesiones personales Artículo 415. Si el hecho ha causado inhabilitación permanente de algún sentido o de un órgano, dificultad permanente de la palabra […]
Lesiones a Julio Borges acarrean prisión de uno a cuatro años Read More »