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TSJ revisará caso de la tarjeta para gastos

tsj.gov.ve
Consultada sobre la asignación de una tarjeta de diez mil bolívares mensuales a cada Magistrado, la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia ratificó la legalidad de esta medida administrativa acordada por la Junta Directiva, ya que la misma está concebida como un aporte para gastos de representación sin incidencia salarial y no como bono alimentario,

concepto que está establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Funcionarias del Poder Público, en su última parte.

Sin embargo precisó que conscientes de que la asignación de la referida tarjeta ha generado diversas reacciones y señalamientos a través de los medios de comunicación por parte de  diferentes sectores de la vida nacional, su uso será analizado con detenimiento por la Junta Directiva a fin de reconsiderar su aplicación.

Acotó, respecto a la propia legislación que rige los emolumentos, que la misma ya ha recibido varios recursos que solicitan su nulidad, acciones que están en fase de análisis por parte de la Sala Constitucional y que conjuntamente fueron acompañadas de solicitud de medidas cautelares, las cuales no han sido declaradas procedentes por considerar que tocaban el fondo del asunto en discusión.

Fuente: http://www.tsj.gov.ve/informacion/notasdeprensa/notasdeprensa.asp?codigo=8681