Código Internacional sobre Protección a los Buques e instalaciones Portuarias.

He venido escribiendo sobre Derecho Maritimo y Derecho Portuario, pero ¿se conocerá ampliamente en el sector el Nuevo Código Internacional de Proteción de Buques e Instalaciones Portuarias?, este código en total y estrecha relación con el Convenio de Facilitación Portuaria y el Derecho Marítimo, nos abre la posibilidad de mejorar más aun la calidad y seguridad de nuestros puertos y por ende la mejor optimización de la interfaz buque- puerto.

En enero de 2004, entro en vigor el nuevo Código Internacional sobre protección de los Buques e Instalaciones Portuarias, el mismo es un anexo del Convenio para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, SOLAS 74, el objetivo principal del mismo es sumar un elemento más para la optimización buque-puerto, aportando más seguridad en las operaciones portuarias, trae como directrices planes estratégicos que deben llevarse a cabo por: el buque, la compañía naviera del mismo y las autoridades de Puertos, si cada puerto aplicara el Convenio de Facilitación, y ahora este nuevo Código Internacional para la protección del Buque y de las instalaciones portuarias, tendríamos puertos más eficientes y seguros, y al mismo tiempo aumentarían los ingresos por parte de este sector al país, se generarían nuevos empleos y comenzaríamos a formar parte del desarrollo global en la materia. Como mencione anteriormente el nuevo Código prevé estrategias de prevención evitando asi males mayores y donde puede correr riesgo la vida de cada persona realcionada con estas actividades, queda solamente la cabal implantación del mismo en cada uno de nuestros puertos y la información tan necesaria que debe llegar al sector marítimo.