Declaración y pago del ISLR de este año rige con unidad tributaria de Bs 55
El Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (Seniat) recuerda a los contribuyentes que para la declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) correspondiente al ejercicio fiscal 2009 -proceso que se encuentra en plena vigencia y cuya fecha tope es el 31 de marzo de este año- la base referencial de cálculo es la unidad tributaria correspondiente al año pasado, fijada en 55 bolívares.
El Superintendente, José David Cabello Rondón, aclaró que la unidad tributaria establecida para el año 2010, con un valor de 65 bolívares fuertes, aplicará para el cálculo del ISLR correspondiente al ejercicio fiscal del próximo año 2011.
Reiteró la invitación a los contribuyentes a cumplir oportunamente con este deber tributario, al tiempo que destacó que funcionarios del Seniat se encuentran dispuestos para orientar y facilitar el cumplimiento de la declaración definitiva de rentas, lo antes posible.
«No dejar para última hora el cumplimiento de este deber tributario es lo recomendable, en aras de evitar complicaciones y posibles sanciones», alertó.
Corresponde declarar el ISLR a Personas Naturales que hayan obtenido durante el 2009, ingresos iguales o superiores a 1.000 unidades tributarias (Bs 55.000) o ingresos brutos iguales o superiores a 1.500 unidades tributarias (Bs 82.500).
Así mismo, todas las Personas Jurídicas deben declarar este impuesto, independientemente que hayan obtenido ganancias o pérdidas durante el ejercicio fiscal establecido.
Están obligados a declarar exclusivamente de manera electrónica, a través de la página web del organismo (www.seniat.gob.ve), todas las Personas Jurídicas y entidades sin personalidad jurídica; los funcionarios públicos y trabajadores al servicio de los órganos y entes nacionales, estadales y municipales; las personas naturales calificadas como sujetos pasivos especiales por el Seniat y toda personal natural cuya determinación no arroje impuesto a pagar, es decir pago cero.
Toda persona natural, que no sea funcionario público, cuya determinación arroje impuesto a pagar, tiene la opción de declarar el ISLR por vía electrónica o de manera manual ante el banco, a través de formularios impresos (formas DPN 25), que pueden adquirirse en las oficinas de Ipostel en todo el país.
Fecha de Revisión: 10/2/2010
Fuente: Agencia Bolivariana de Noticias (ABN) / 09-02-2010
Enlace: http://www.gobiernoenlinea.ve/noticias-view/ver_detalles.pag?idNoticia=97003