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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

El propietario queda indefenso

octubre 10, 2007

eluniversal.com
Orta: "El propietario queda indefenso"

Al insistir en dar la facultad al Estado de ocupar un bien expropiado previamente al pago de la indemnización correspondiente, "lo que se provocaría es que ese mismo Estado perdiera el interés en indemnizar al propietario, pues ya está haciendo uso del inmueble, pudiendo masificarse ocupaciones como las vistas en tiempos recientes, como las tomas de edificios no indemnizadas por la Alcaldía Mayor, por ejemplo".

La afirmación, de la autoría del abogado Roberto Orta Martínez, vicepresidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos, se ejemplifica también en " la toma anticipada del complejo Ávila Mágica, las tomas no indemnizadas de las antenas de RCTV y las tomas no indemnizadas de fincas, hatos e industrias".

Esta situación "crearía indefensión y minusvalía jurídica al propietario afectado, el cual tendría que recurrir a los tribunales, luego de serle despojada la posesión del bien, sin haber percibido la justa indemnización".

El jurista explicó que dentro de los mecanismos de expropiación vigentes, sólo se permite la ocupación previa en casos excepcionales previstos en la ley.

Uno de ellos es la ocupación temporal (Artículo 52 de la Ley de Expropiaciones): Sólo es permitida para estudios técnicos para la ejecución de una obra y establecimiento provisional de estaciones de trabajo, y no puede durar más de 6 meses.

Un segundo caso sería la previa como tal, que está prevista en el Artículo 56, y que debe ser aprobada por un juez, durante el juicio de expropiación, "y eso es siempre que haya una previa consignación de valor del inmueble, en el tribunal", dijo Orta.

Un tercer caso sería la ocupación temporal por causa de fuerza mayor, prevista en el Artículo 59, la cual es exclusivamente permitida en casos de catástrofes naturales.

"Todas las encuestas recientes, hechas por empresas serias como Datanálisis, Hinterlaces o Alfredo Keller, indican de manera contundente que la gran mayoría de los venezolanos apoyamos la protección a la propiedad privada, ya que este es un derecho que forma parte de nuestra idiosincrasia democrática, desde la propia fundación de la República".

Agregó que los derechos sobre la propiedad privada "no pueden ser alterados sino sólo por un proceso constituyente y no por reforma constitucional, ya que este elemento representa uno de los principios fundamentales de la Constitución actual".

La Apiur solicitó a la Comisión que elabora la reforma constitucional que tome nota de sus observaciones.

Fuente: http://noticias.eluniversal.com/2007/10/10/eco_art_orta:-el-propietari_519444.shtml