El plazo fue extendido hasta 15 de agosto 2011
BANCO CENTRAL DE VENEZUELA
RIF: G-20000110-0
Caracas, 29 de junio de 2011
VOI-018-2011
CIRCULAR A LAS INSTITUCIONES BANCARIAS
Se informa a las instituciones bancarias, como alcance a la Circular del Banco Central de Venezuela N° VOI-013-2011 de fecha 29-03-2011, contentiva de los lineamientos referidos a la instrumentación de la función de custodio
por parte de este Instituto de las posiciones de títulos o valores denominados en moneda nacional o extranjera de las instituciones bancarias, contemplada en el artículo 53 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, que para que concluya la transferencia de la custodia a que se contraen los citados lineamientos, el Directorio del Banco Central de Venezuela, en su sesión Nro. 4.399 del 21/06/2011, acordó extender el plazo previsto en el numeral 5 de la antedicha Circular hasta el 15 de agosto de 2011.
Atentamente,
Eudomar Tovar
Primer Vicepresidente Gerente