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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

Fiscal general rechaza suspension del debido proceso durante crisis

octubre 19, 2007

EL UNIVERSAL
Fiscal general rechaza suspensión del debido proceso durante crisis

De "inconstitucional" tildó el cambio que la Asamblea hizo al artículo 337 

De "inconstitucional" calificó el fiscal general de la República, Isaías Rodríguez, la reforma al artículo 337 de la Constitución realizada por la Asamblea Nacional, la cual facultará al Gobierno a suspender los derechos al debido proceso y a la información cuando decrete los estados de excepción.

"El debido proceso es un derecho absoluto que no puede ser restringido ni quiera en estados de excepción", afirmó el garante de la legalidad, quien recordó que este derecho recoge las garantías que tienen todos los ciudadanos a ser asistidos legalmente durante cualquier investigación y/o juicio, a ser considerados inocentes, a ser juzgados por sus jueces naturales y por leyes preexistentes.

Rodríguez ofreció ayer estas declaraciones en la ciudad llanera de Araure (Portuguesa), en el marco de la II reunión que sostuvo con gobernadores y presidentes de los circuitos judiciales penales, para informarles sobre los mecanismos de aplicación de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás sujetos procesales.

"En opinión del Ministerio Público, no es constitucional que se pueda restringir el debido proceso ni siquiera en emergencias", advirtió el fiscal, quien, no obstante, no cuestionó la supresión de la prohibición de suspender el derecho a la información durante crisis políticas, económicas y/o naturales.

Rodríguez señaló que en situaciones como una guerra o una invasión, no se puede permitir la libre circulación de informaciones y señaló que esta disposición fue incorporada a solicitud de periodistas-constituyentes como Vladimir Villegas, los cuales querían evitar situaciones de censura como las ocurridas luego del 4 de febrero de 1992.

El fiscal lamentó que la instancia que redactó la Carta Magna vigente acogiera el criterio y aseguró que él siempre se opuso a esto. Sin embargo, en el diario de debates de la Asamblea Constituyente no consta ninguna objeción de su parte.

En la sesión del 14 de noviembre de 1999, según el registro, Rodríguez llevó una propuesta de artículo que facultaba al presidente de la República a declarar los estados de excepción "en circunstancias extraordinarias de orden social, económico, político, natural o ecológico que afecten la seguridad de la Nación", pero no establecía qué derechos se podían restringir. La razón, según explicó Rodríguez en esa misma sesión, fue que "la propuesta que traía era para calificar exactamente estados de excepción".

Acto seguido Haydée Machín sugirió incorporarle a la norma la prohibición de suspender "el derecho a la vida, debido proceso, la prohibición de torturas, el secreto de las comunicaciones y la libertad de comunicación". Rodríguez ripostó: "No tengo ningún inconveniente en el agregado que plantea la constituyente Machín. En todo caso puede ser la propuesta con el agregado de Haydée Machín".

Seguidamente se encomendó a cinco constituyentes que redactaran la norma nuevamente.

http://noticias.eluniversal.com/2007/10/19/pol_art_fiscal-general-recha_547234.shtml