El contrato de arrendamiento a tiempo indeterminado
Dr. Carlos Brender El artículo 1580 del Código Civil venezolano, establece lo siguiente:“Los inmuebles no pueden arrendarse por más de quince años. Los arrendamientos celebrados por más de aquel tiempo se limitan a los quince años. Toda estipulación contraria es de ningún efecto. Si se trata del arrendamiento de una casa para habitarla, puede estipularse […]
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