Ingreso de cámaras a los juicios queda a discreción del juez

 EL UNIVERSAL

La decisión de permitir el acceso de las cámaras de televisión a los juicios penales está en manos de los jueces, quienes podrán adoptarla a su discreción. Así lo ratificó la Sala Constitucional del Tribunal Supremo (TSJ), al desechar la solicitud que le formulara el alcalde de Baruta, Henrique Capriles Radonski, para que se le permitiera a las televisoras cubrir el proceso que el año pasado se le siguió por los hechos ocurridos en la Embajada de Cuba en abril de 2002.

En el fallo redactado por el magistrado Marcos Tulio Dugarte se afirma: "El acceso de cámaras de televisión en las audiencias será discrecional del juez, sin que la negativa de la misma implique que se está vulnerando la garantía de la publicidad de la audiencia".

El ponente, en la sentencia, afirmó que otorgar luz verde a los medios audiovisuales para que ingresen a todos los procesos podría provocar que éstos se conviertan en "show".

Por último, la instancia que interpreta la Carta Magna aseveró que el principio de publicidad no se ve afectado con esta decisión, por cuanto éste se garantiza cuando "las partes (acusado y defensa) y el público (terceros interesados en ver el acto) ejerzan el control presenciando el juicio con interés legítimo".

Fuente: http://noticias.eluniversal.com/2007/02/01/pol_art_163678.shtml