Justicia universal // Fernando M. Fernández

El 17 de julio se cumplieron 14 años de la firma del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional («ER»). Es una celebración en casi todas partes del mundo, menos en Venezuela. Así, se conmemoró la jurisdicción universal de los derechos humanos, por la cual las víctimas y sobrevivientes de las peores atrocidades que puedan ser cometidas por seres humanos contra sus semejantes ha puesto un hito contra la impunidad.

El ER ha sido firmado por 139 países y ratificado por 121. Sus miembros han aceptado el compromiso de respetar su jurisdicción de forma plena y han debido reformar su legislación interna. Venezuela no ha reformado sus leyes a pesar de haber sido uno de los impulsores iniciales más vigorosos. Afortunadamente, se ha aceptado su jurisdicción, por lo que el vacío no es total. Hace falta una ley especial.

La Corte Penal Internacional («CPI») es una instancia que complementa la legislación interna de cada país. Su competencia se activa en caso de que un Estado no pueda o no quiera castigar tales crímenes (efecto «gatillo»).

La CPI puede exhibir el logro de un juicio completo con la sentencia a Thomas Lubanga, líder de un grupo rebelde congoleño, quien fue condenado a 14 años de prisión tras ser declarado culpable de los crímenes de guerra de alistar y reclutar niños menores de 15 años y utilizarlos para participar activamente en un conflicto armado en Ituri, un distrito del conflictivo Este del Congo, entre 2002-03.

La coalición de ONG por la CPI, conjuntamente con Amnistía Internacional y otras ONG, han venido pidiendo que los Estados NO firmantes se adhieran, que los firmantes la ratifiquen y, además, que se reformen las leyes e implemente el ER. La justicia universal espera.

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