Siendo el deporte uno de los sectores del que hacer público considerado como una competencia concurrente es menester que el legislador, en los distintos niveles del Poder Público, lleve a cabo las distribución de las competencias acorde con la posibilidad real en cada uno para que el contenido de la Ley Orgánica de Deporte, Educación Física y Actividad Física (LODEFAF, 2011) sea tangible con resultados específicos.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999), dentro de la gama de los Derechos Culturales y Educativos, reconoce que el deporte y la recreación son beneficiosos para la calidad de vida individual, para lo cual el Estado, lo asume como política de educación y salud pública.
Desde siempre el municipio ha manejado la materia deportiva, ya que incorpora dentro de su organización dependencias que tienen relación directa, bien sea a través de direcciones, departamentos, servicios, gerencias; tanto en lo central como descentralizado. Los planes de gobierno local hacen patente la preocupación de la práctica organizada del deporte, la actividad y educación física.
Otra contribución que hace el municipio es que – en muchas ordenanzas – exonera del pago de tributos; ejemplo de ello es en materia de inmuebles urbanos.
Como señalaba en el artículo “Municipio y deporte” publicado bajo la legislación anterior, hasta en el mas apartado rincón de la geografía venezolana los municipios han tenido – y tienen – estrecha vinculación con el deporte, ya que construyen, mantienen o dotan instalaciones para la práctica de las distintas disciplinas, resaltando el beisbol, futbol, baloncesto, entre otras. A ello hay que añadir que, como el ámbito local también ejerce competencias en materia educativa, especialmente con la niñez y adolescencia, hace una dupla inseparable porque la educación física forma parte de las asignaturas de estudios de los más jóvenes.
Como dije en aquella oportunidad aquí se encuentra el verdadero semillero para el deporte profesional porque es donde se forman los futuros campeones que dejan en alto el nombre de nuestro país, ya que el municipio coopera en las primeras etapas, porque al nivel nacional le compete lo relativo al deporte olímpico o profesional.
Resulta frecuente encontrarse con el apoyo que el sector privado le ha dado tradicionalmente al deporte; los municipios han aprovechado la sensibilidad social de empresarios y comerciantes para el fomento de la actividad deportiva, especialmente con el patrocinio de ligas o campeonatos, así como también en el mantenimiento o dotación de instalaciones.
De hecho, es loable el esfuerzo que se hace en incorporar a la práctica del deporte a personas con discapacidad, no solamente por tender la mano hacia quienes más lo requieren, sino para demostrar que no las barreras no son tales cuando se desea salir adelante.
Producto de ello hemos sido testigos de figuras del deporte que han llevado en alto – y aun lo están – el nombre de nuestro país por sus triunfos – tanto en tierras ajenas como propias – que sirven de ejemplo para las generaciones actuales y venideras.
Nuevamente extiendo mi reconocimiento a esos héroes anónimos que a diario buscan obtener los laureles que solo la disciplina y la constancia los llevarán hacia el triunfo en el deporte.
Que la celebración de la Misa del Deporte cada año sirva para unirnos en tan noble tarea en pro de esta Patria llamada Venezuela.
Como complemento se sugiere al lector dar un vistazo a artículos de mi autoría, tales como: “Competencias Municipales”, “De los medios de participación ciudadana a nivel municipal”, “ Los Consejos Comunales según su LO del año 2009”, “Los CLPP en la Ley del año 2010”, Municipio y Planificación”, “Municipio y Servicios Públicos”, “Municipio y LOPNNA”, “Municipio y Poder Popular”, “Municipio y Presupuesto”, “Municipio y Contrataciones Públicas”, “Municipio y Expropiación”, ”Municipio y Educación”, “Municipio y Sistema de Discapacidad”, entre otros, los cuales se encuentran publicados en www.eduardolarasalazarabogado.blogspot.com, www.tecnoiuris.com o en www.tuabogado.com (Pódium Jurídico, Derecho Municipal).
En otra oportunidad se tocarán otros tópicos relacionados con el tema.
(*) Dedicado a la memoria de Carlos Eduardo Lara Aldana, (1983-2005), integrante de la Selección Nacional de Voleibol, conocido como “Culebra”, por sus 2,13 mts. de estatura, a quien la muerte nos lo arrebató a manos del hampa.
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