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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

Municipio y Ley Orgánica De Misiones, Grandes Misiones y Micromisiones I // @edularalaw

diciembre 16, 2014
misiones

Abogado Eduardo Lara Salazar

Como parte de los instrumentos producto de los poderes extraordinarios delegados por la Asamblea Nacional durante el año 2014, se aprobó un Decreto con rango, valor de fuerza de Ley Orgánica de Misiones, Grandes Misiones y Micro Misiones (DLOMGMMM, 2014), el cual tiene por objeto regular los mecanismos a través de los cuales el Estado, por sí mismo o conjuntamente con el llamado poder popular, promueve el desarrollo social, para asegurar los derechos sociales consagrados por la Constitución de la República.  

Con ello se busca establecer el marco normativo de esta forma de organización de la gestión pública.

Debe recordarse que la Ley Orgánica de la Administración Pública (LOAP, 2014), en todas sus versiones se limitaba a señalar que se trata de programas destinados para la satisfacción de necesidades fundamentales y urgentes de la población; esto originó que algunas se hicieran con formas de entes, siendo el más socorrido el de fundaciones.
A partir de este nuevo texto normativo se sientan las bases para la creación, desarrollo, supresión o fusión de las misiones grandes misiones y micro misiones; establecer un Sistema Nacional responsable en diseñar, planificar, crear, ejecutar, financiar, evaluar y controlarlas. 

Para efectos interpretativos se entiende por Misión la política pública destinada a mantener de forma masiva, acelerada y progresiva las condiciones para el efectivo ejercicio y disfrute de uno o más derechos sociales de personas o grupos, con miras a la errdicación de la pobreza.

Por Gran Misión el conjunto concentrado de políticas públicas y recursos destinados a la resolución masiva de problemas estructurales que limitan o impiden el ejercicio de derechos sociales, los cuales requieren un tratamiento estructural y resolución intersectorial.

Como Micro Misión, la expresión temporal de política pública destinada a atender y resolver un problema particular que limita o impida el ejercicio de derechos sociales de un grupo de personas o comunidad situadas en un ámbito o territorio específico.

El ámbito de aplicación señalado por DLOMGMMM es de corte nacional, aplicables al sector público o privado que tengan relación al ejercicio de los derechos sociales previstos por la Carta Magna.

Si se observa la gama de Derechos Sociales de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999) quedan comprendidos el trabajo, la seguridad social, las personas con discapacidad, la vivienda, la salud, la maternidad, la paternidad, la familia, los niños y adolescentes, la tercera edad; puede tenerse idea acerca de los temas a tratar dentro del Sistema Nacional de Misiones.

Se declara de interés general y tendrá carácter de servicio público, por lo que sus prestatarios responderán civil, penal, administrativamente ante la desviación de sus cometidos sociales y públicos.

Sus objetivos pueden lograrse por medio de actividades como atención a grupos socialmente vulnerables, subsidios, pensiones no contributivas, desarrollo de equipamiento urbano, asistencia a perosnas con discapacidad, suministro de servicios básicos (telefonía, gas doméstico, agua, ntre otros), jornadas de atención de servicios sociales (tercera edad), suministro de medicamentos, desarrollo de actividades: deporte, educación,  cultura, recreación, entre otros.
Se sugiere dar un vistazo a otros artículos de quien suscribe deominados “Competencias Municipales”, “Organización y Gestión Municipal”, “Medios de Gestión Municipal”, “Medios de Participación”, “El Consejo Federal de Gobierno”, “El Fondo de Compensación Interterritorial”, “El Distrito Capital”, “El Distrito del Alto Apure”, “El Área Metropolitana de Caracas”, “Autonomía Municipal”, “Cogestión y Autogestión”, “La Contraloría Social”, “Municipio y Planificación”, “La Función de Planificación”, “Municipio y Participación Ciudadana”, “Municipio y Ordenación Territorial”, “Municipio y Poder Popular”, “Municipio y Reforma Habilitante del 2014 de la Ley Orgánica de Administración Pública”, “Municipio y Servicios Sociales”, “Municipio y Sistema de Discapacidad”; que aparecen publicados en www.eduardolarasalazarabogado.blogspot.com para tener mayor información.

En otra oportunidad se tocarán otros tópicos relacionados con el tema.

No lo olvide, el país se construye desde sus municipios. 

edularalaw@gmail.com