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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

¡POBRE CÓDIGO PENAL! // Leonardo Guzmán

junio 19, 2005

Leonardo Guzmán

A tres meses de su última reforma el oficialismo anuncia nueva modificación del Código Penal. En honor a la verdad la intención legislativa forma parte del proceso tendiente a la desarmonización jurídica, e igualmente, es símbolo de la persecución política desatada bajo el manto de leyes, que si bien sirven para sancionar a la disidencia son poco idóneas para responder a las necesidades de un Estado moderno.

En la última propuesta observamos un código sin precisión, sin cultura jurídica, con carencia de un pensamiento normativo sistemático, hecho a retazos, sin ningún tipo de regulación. Se pretende la reforma del Código Penal, sin considerar que la idea de una adecuada codificación incluye necesariamente la tendencia a la regulación en un texto completo, que se contraponga a una simple compilación que se limite a aceptar y ordenar, lo que ya existe en leyes o jurisprudencia. Un nuevo Código Penal se debe orientar decididamente hacia el futuro, debe ser el reflejo de los cambios profundos de los intereses de nuestra sociedad, los valores de nuestra Constitución y los del derecho penal internacional. Es por ello que raya en lo bárbaro la propuesta que pretende someter a consideración de la Plenaria, el Movimiento Quinta República. Al incorporar la figura de “sabotaje”, en lo términos de la propuesta, impide de manera solapada el derecho a huelga de los trabajadores de las industrias básicas, violentando no solo la Constitución, sino también el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Protocolo Adicional a la Convención Americana Sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador” y la Ley Orgánica del Trabajo y su Reglamento. Se erige como un instrumento contra la libertad de expresión e información, al impedir la transmisión noticiosa de cualquier hecho que guarde relación con los conflictos laborales que se pudieran desatar en las industrias básicas. Si bien la propuesta asume como propia, algunas disposiciones de la “Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional”, obvia que este instrumento como parte del derecho penal internacional, apunta a armonizar las legislaciones nacionales para tipificar delitos comunes, que guarden relación con actos de corrupción, drogas, obstrucción de la acción de la justicia, homicidios, trata de personas, tráfico de migrantes, tráfico ilícito de armas de fuego, de tal forma se compatibilicen las acciones represivas entre naciones, a fin de desarrollar esquemas de colaboración entre gobiernos para el intercambio de pruebas, operaciones conjuntas, y extradición. No lo que la propuesta pretende, rescribir delitos sobre términos de derecho penal internacional, a manera de crear normas disfrazadas bajo un manto de humanismo, con el fin de reprimir la oposición democrática. Es hora de que el Tribunal Supremo de Justicia alce su voz de alerta, máxime cuando en cuyo seno se ha elaborado un importante proyecto de reforma del Código Penal, de carácter liberal y humano, bajo la dirección del magistrado Alejandro Angulo Fontiveros, esfuerzo que por cierto la Asamblea Nacional no ha tomado en cuenta.
derechopenal@hotmail.com