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el Poder Legislativo facultará al presidente de la República, Hugo Chávez, a legislar en los ámbitos de transformación de las instituciones del Estado, de la Participación Popular, de los valores esenciales del ejercicio de la función pública, aspectos económico y social, ámbito financiero y tributario, de seguridad ciudadana y jurídica, ciencia y tecnología, ordenación territorial, seguridad y defensa y sobre infraestructura, transporte y servicios.
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