Su Opinión ..puede mejora, ser menos mediatico

Separaciónes de bienes no se pueden hacer conjuntamente con la separación de cuerpos, cuando existan niños o adolescentes, los Tribunal de Protección del Niños y Adolesdcentes no son competentes para conocer de estas separaciones de bienes, según sentencia dictada el 18 de Abril del 2001 con ponencia del magistrado JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO, Exp.No 00-2448, sentencia No 559, entonces como quedan las separaciones de bienes introducidas ante estos tribunales?, lo que es más grave aún es practica normal este procedimiento.