TSJ falló a favor de los deudores hipotecarios

Obligan a Sudeban a dictar normas




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Obligan a Sudeban a dictar normas
TSJ falló a favor de los deudores hipotecarios


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MAYELA ARMAS H.

EL UNIVERSAL

‘¡Justicia!, ¡justicia!’ fue el grito de los deudores hipotecarios
después de escuchar el fallo del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que
declaró con lugar el amparo interpuesto por la Asociación de Deudores del
Estado Lara.

Los acreedores en mayo de 2001 solicitaron al TSJ que se obligara a la
Superintendencia de Bancos y al Indecu a que ordenaran a las instituciones
financieras cesar la realización de los créditos indexados o ajustados al
salario y la tasa de interés. Ocho meses después se da la sentencia. Más
de 100 deudores de los estados Zulia, Lara, Miranda, Aragua esperaron en el
auditorio del Máximo Tribunal por más de siete horas la decisión de los
magistrados. A las ocho y media de la noche el presidente del ente, Iván
Rincón, señaló que se declaraba parcialmente con lugar el recurso, dado
que los créditos indexados del área de asistencia III de la Ley de Política
Habitacional son legales y se exoneró al Indecu de las responsabilidades en
vista de que ‘actuó con diligencia’.

El Máximo Tribunal cuestionó la labor de la Superintendencia de Bancos
al no haber sido diligente y haber permitido que se otorgaran préstamos con
refinanciamiento de intereses, por lo cual exhorta al organismo supervisor a
dictar normas para proteger a los deudores hipotecarios y prohíbe el
otorgamiento de préstamos indexados fuera del ahorro habitacional.

Además estableció que los intereses a ser cobrados tendrán que ser
fijados por un ente distinto al contratante. En ese sentido, el TSJ indica
que se desaplican tres artículos de las normas de operación de la Política
Habitacional, de manera que el cálculo de las tasas de los préstamos que
han sido otorgados tendrá que ser fijado por el Banco Central de Venezuela
(BCV).

En la sentencia leída por Rincón se señala que el ente emisor tendrá
que fijar las tasas máximas de 1996 para los préstamos hipotecarios, lo
que significa establecer un promedio para el cálculo de las acreencias
adquiridas desde ese período.

El BCV podrá aplicar los parámetros que considere necesario para evitar
la duplicidad de los intereses. Esa fijación también se extenderá a los
préstamos del área de asistencia III, debido a que las tasas aplicadas en
cinco años serán ajustadas a lo que fije el instituto emisor. Según lo
que se establece en la sentencia, lo que se haya pagado por exceso con los
intereses pasará al capital, con lo cual baja el saldo de la deuda.

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