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La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible ayer la acción de amparo constitucional interpuesta por el magistrado Luis Velázquez Alvaray contra el acto dictado por el Consejo Moral Republicano que declaró el 24 de mayo pasado como «falta grave» el haber presuntamente obviado el proceso licitatorio respectivo para la ejecución de los trabajos de adecuación de la sede judicial de Ciudad Lebrún.