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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

Adopción internacional de menores en Venezuela // @AnasantanderO

julio 11, 2015

Sin pretender hacer de este artículo un tratado, de seguidas efectuaremos algunas consideraciones respecto a este tema tan interesante. Lo primero es que debemos partir del hecho que los solicitantes en adopción (futuros padres), según su nacionalidad y país de residencia, deben estar vinculados por el Convenio de la Haya. Caso contrario, les resultará imposible adoptar menores en Venezuela. El propio convenio, contiene la documentación, requisitos y/o evaluaciones a cumplir, por los solicitantes de la adopción, los cuales deben llenar a los fines de lograr con éxito la adopción deseada. Los solicitantes deberán acudir a la Autoridad encargada de la materia de Adopción en sus respectivos países, pues ante ellas, se someterán a los exámenes de rigor, así como ante ellas, deberán consignar los recaudos necesarios. Esta Autoridad, dependiendo del país, puede ser pública, privada, o mixta, (las evaluaciones serán entonces costeadas por el Estado o sufragadas particularmente).

Una vez, llenados los requisitos ante la Autoridad en comento, ésta remite, a través de su Autoridad Central (Consulado de Venezuela en aquel país, o Relaciones Consulares), la información necesaria a la Autoridad Central Venezolana, por los canales regulares (Ministerio de Relaciones Exteriores en Venezuela), quien finalmente lo remite a Idena, competente en Adopciones Internacionales, cuya única sede está en Caracas. Idena revisará, entre otras cosas el Proyecto/Propuesta de Adopción (en el cual los solicitantes vacían las características  respecto al adoptable deseado por ellos (hembra, varón, hermanos, edad, etc). Es conveniente destacar, que cuando se trata de menores de 7 años, nuestra legislación prefiere que la custodia se ejerza en Venezuela, así como prefiere a los candidatos nacionales, frente a los internacionales.

Cuando Idena, conforme a la Propuesta de Adopción, “ubica” al menor adoptable, se insta a los solicitantes a acudir a Venezuela a conocer al “adoptable”, por un período de 15 a 40 días, bajo el sistema del Emparentamiento, supervisado, en todo momento por el Equipo Multidisciplinario del Idena. De todas estas actuaciones se notifica a los Tribunales con competencia en Protección de niños. Dependiendo de las resultas del Emparentamiento, el Idena, solicita al Tribunal competente, la Colocación Familiar, por un lapso generalmente de 1 año. Es allí que el menor puede salir del país, previa conformidad de sus documentos legales, ordenada y adecuada por el Tribunal, (pasaporte, visa, etc).

Cada 4 meses, promedio, la Oficina de Adopción del país de arribo, debe hacer el seguimiento adecuado. Cada Informe de Seguimiento es remitido a Venezuela por los canales regulares, al Idena. Dependiendo de esas resultas, el Idena, finalmente solicitará al Tribunal de Protección el inicio del proceso de Adopción Internacional. Notas Finales: -Evite trámites milagrosos y por demás onerosos,  por muy rápidos que le parezcan, suelen terminar con implicaciones penales, -Acuda a un Abogado Especialista en la materia, para evitar riesgos en relación a la familia extendida, -Los venezolanos residenciados en el exterior, pueden efectuarse los exámenes de rigor en Venezuela, sin costo alguno, -No confunda Adopción Nacional con la Internacional, (nacional-Av Urdaneta, internacional, Mene-grande).

Dra. Ana Santander.