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Abogados Latinoamérica, Noticias legales Editado por Raymond Orta Martinez

¿Activos intangibles, capital intelectual o propiedad intelectual?

febrero 5, 2004

El manejo sin distingo de los términos «Activos Intangibles», «Capital Intelectual» y «Propiedad Intelectual» puede ocasiónar confusión a quienes no conocen a fondo el tema. El siguiente artículo explica de manera sencilla cuándo aplica el empleo de uno u otro.

El principio de la recién concluida década de los 90´s se caracterizó por el reconocimiento de los “activos intangibles”. En un gran número de países, en especial Estados Unidos, muchas de las grandes corporaciones experimentaron colapsos financieros que desembocaron en una ola de fusiones y adquisiciones. Los venezolanos lo vivimos con las fusiones de entidades financieras y la adquisición de muchas de nuestras empresas por trasnacionales. En este contexto cobró importancia el término de “Activos Intangibles”, designándose así a los bienes no físicos que poseía la empresa, dentro de los que se divisaban a las “marcas, patentes y los derechos de autor”.

Pasada la turbulencia financiera, ocurre que al considerarse aquellos llamados “activos intangibles” para el momento, se decide reconocer el valor de las bases de conocimientos acumuladas dentro de los negocios (el Knowledge); es entonces, cuando se comienza a hablar de “capital intelectual”, términos con el cual se agrupan tanto las marcas, patentes y derechos de autor como la experiencia y conocimiento del negocio. Quizá, lo más relevante de esta nueva apreciación es que se entiende a estos activos como fuentes de ingresos por sí solos, además de constituir un agregado financiero. Tal cosa es valiosísima, sobre todo frente a la liquidación o adquisición de una empresa.

Actualmente, se comenta que las carteras de “propiedad intelectual” de las empresas cuentan con: marcas, patentes y diseños registrados; secretos comerciales; metodologías propias (Know how), bases de datos, licencias, softwares y derechos de autor. Se habla de gestión de activos de “propiedad intelectual”, pues los que van a la cabeza y quienes pretenden sobrevivir en el mercado, procuran el registro de marcas, nombres y lemas comerciales; así como la protección de inventos, avances y mejoras tecnológicas.

De esta manera, se emplea el término de “propiedad intelectual” para aludir a aquellos productos del ingenio sobre los cuales se ejerce una titularidad; hablamos de “capital intelectual” cuando apuntamos a ese conjunto de bienes de creación intelectual que son capaces de generar ventajas competitivas y ganancias para la empresa; y a este mismo grupo lo denominamos “activos intangibles” cuando nos referimos a él como un elemento integrante del patrimonio de la empresa.

Por Iskra Bohórquez Silva
www.geocities.com/ibasesores